Micelio
Auto22 de junio de 2016

A- de 2016

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Javier Hernando Gutierrez Angel·Demandado Consorcio Devisab Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Competencia a prevención
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre el Juzgado Civil Municipal de La Mesa (Cundinamarca) y el Juzgado Civil Municipal de Funza (Cundinamarca).

Como quiera que la Corte encontró que ambos despachos judiciales tenían competencia para conocer la solicitud de amparo reiteró, que cuando esto sucede los jueces o tribunales deben respetar la elección que haya efectuado el accionante, máxime, como en el caso concreto, que se trata de una persona que se encuentra en una situación de vulnerabilidad e indefensión, al padecer una enfermedad relacionada con su movilidad.

Considera, que es el juez de tutela del municipio de La Mesa, quien a prevención, debe conocer el asunto.

Se dispone la remisión del expediente a este despacho judicial, para que de forma inmediata continúe el trámite de la primera instancia y profiera la decisión de fondo que corresponda, respecto del amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto del 21 de abril de 2016 del Juzgado Civil Municipal de La Mesa dentro de la acción de tutela de Javier Hernando Gutiérrez Ángel en contra de Consorcio DEVISAB Concesionaria del Desarrollo Vial de la Sabana y la E.P.S. Famisanar.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-2404 al Juzgado Civil Municipal de La Mesa, para que de manera inmediata tramite y decida de fondo el amparo presentado.
  3. Tercero. Por la Secretaría General de la Corte, COMUNICAR al Juzgado Civil Municipal de Funza, la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.